Entidades y normas que nos regulan
Superintendencia de la Economía Solidaria
Es el organismo encargado de la supervisión integral del sector de la economía solidaria y de defender los derechos de los asociados.
Ley 2300 del 10 julio de 2023
El Fondo de Empleados Colsubsidio FEC, en cumplimiento de la ley 2300 del 10 julio de 2023, sobre el derecho a la intimidad de los consumidores, informa que tiene dispuestos los siguientes canales: mensajes de texto (SMS), WhatsApp, correos electrónicos o llamadas telefónicas y/o cualquier otro canal que el FEC disponga e informe previamente, para el efecto de adelantar gestiones de cobranza y/o envió de mensajes de carácter comercial y/o publicitario.
Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias
Es un organismo gremial del sector de la economía solidaria que representa a los Fondos de Empleados del país.
Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias
Departamento encargado de dirigir y coordinar la política estatal para la promoción, planeación, protección, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones de la Economía Solidaria.
Ley 454 de 1998
Por la cual se determina el marco conceptual que regula la economía solidaria, se transforma el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, se crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y se expiden otras disposiciones.
Normatividad interna
Estatutos Fondo de Empleados Colsubsidio F.E.C.
Es el conjunto de reglas y normas fundamentales para el funcionamiento y regulación de las actividades del FEC. Consulte los estatutos aprobados por la Asamblea General el 21 de marzo de 2019. Se aprobó reforma de Estatuto, en Asamblea Ordinaria de Delegados el día 23 de marzo de 2023 no presencial.
Reglamento de Crédito
Para utilizar nuestro servicio de crédito el asociado debe cumplir con las siguientes condiciones:
Diligenciar la solicitud de crédito suministrando la información requerida, acreditar capacidad de pago, autorizar el descuento por nómina y otorgar las garantías exigidas por el FEC.
Comprometer máximo el 40% de su salario básico y el 90% del valor de sus primas semestrales en la cancelación de los créditos.
Autorizar la consulta y el reporte comercial a las Centrales de Riesgo, cuando el valor de los créditos sea superior a los dépositos.
Reglamento Cuentas de Ahorro
Documento que reglamenta el uso, las condiciones y las características de las cuentas de ahorro de los asociados..
Código de Ética y Buen Gobierno FEC
Documento que reglamenta las actividades y procedimientos de los asociados, Directivos y trabajadores del FEC.